El pleno de la sala primera del Tribunal Supremo ha aprovechado un litigio entre Repsol y el empresario de una estación de servicio independiente para cambiar su doctrina acerca de un tipo concreto de contrato de exclusividad en el suministro de carburantes, cuya validez desaparece ahora de manera retroactiva desde diciembre de 2001, y no desde fechas posteriores como se consideraba previamente.
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